El Tiempo (Bogota)
Mayo 24 de 2002

Primera zona de tolerancia en Bogotá

                Bogotá tendrá por lo menos cinco zonas de tolerancia localizadas en el centro, el occidente
                y el norte, en las que se autorizará el ejercicio del trabajo sexual de acuerdo con la clasificación
                de usos del suelo que establece el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

                La primera zona declarada como tal, está ubicada en el sector conocido como la Alameda,
                límites de las localidades de Santa Fe y Los Mártires. Comprende las calles 19 a 24 y la
                Caracas a la carrera 17.

                En ese lugar del centro de la ciudad, funcionan cerca de 100 establecimientos entre casas de
                lenocinio, residencias y whiskerías, según el estudio realizado por Planeación Distrital para crear
                la Unidad de Planeamiento Zonal La Sabana (UPZ 102).

                La reglamentación sobre la localización de las zonas de tolerancia y las condiciones para su
                funcionamiento está consagrada en el decreto 188, que acaba de expedir la Alcaldía Mayor.

                En sus siete artículos se establecen los requisitos para el adecuado funcionamiento de los
                establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas, en el marco de la salud,
                saneamiento, bienestar social, medio ambiente y control policial.

                El decreto define como actividades ligadas a la prostitución los servicios de diversión y esparcimiento
                que se ofrecen en whiskerias, casas de lenocinio o a través del strip tease.

                Las zonas de tolerancia se permitirán únicamente en las áreas de actividad de comercio y servicios, y
                quedan prohibidas en su totalidad en sectores residenciales y lugares sometidos a renovación
                urbana, conservación y mejoramiento integral.

                En los próximos meses, con base en el decreto 619 de 2000 -Plan de Ordenamiento Territorial- se
                delimitarán otros suelos de usos relacionados con el trabajo sexual en localidades como Tunjuelito,
                Kennedy, Barrios Unidos y Chapinero.

                Exigencias

                -En todo establecimiento se debe promover el uso del condón entre los clientes y las personas que
                se desempeñan como trabajadores sexuales.

                -Las habitaciones deben contar con baño privado, colchón en material impermeable y tendidos que
                se cambien por cada encuentro sexual.

                -Debe existir botiquín de primeros auxilios, extintores contra incendios y salidas de emergencia.

                -Las entidades sanitarias están en la obligación de hacer permanentes visitas de inspección a los
                establecimientos donde se ejerce el trabajo sexual.

                - En esos lugares debe existir una cartelera en lugar visible para fijar información sobre temas de
                promoción, prevención y protección de los derechos de los trabajadores sexuales.

                -Las personas que desempeñen esta actividad deben estar afiliadas, junto con su núcleo familiar, a
                un sistema de seguridad social.

                -Un día al año, es obligación asistir a charlas de educación en salud.

                -Se prohíbe el exhibicionismo en el espacio público y desde el espacio privado hacia la calle.

                -Los establecimientos destinados al trabajo sexual y actividades ligadas deberán funcionar en
                estructuras diseñadas y construidas para el uso.